Preguntas y respuestas de acreedores

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  • Fundamentos del Capítulo 11

    Una inscripción del Capítulo 11 es una acción voluntaria tomada por una compañía que le permite continuar con las operaciones diarias normales mientras intenta ajustar sus deudas. Habitualmente, el objetivo de la compañía es elaborar un plan con el que pagar la totalidad o parte de sus deudas.

    Un comité oficial de acreedores sin garantía está formado por la Oficina del Trustee de Estados Unidos y suele incluir de 5 a 7 de los mayores acreedores sin garantía de la compañía. Este Comité contrata asesores legales y financieros y reúne y revisa información sobre la compañía deudora, inclusive las actividades de la compañía deudora y su condición financiera, y participa en la elaboración y negociación de un plan de reorganización o liquidación del Capítulo 11.

    Se envía un aviso de fecha límite a las partes conocidas que pueden presentar una reclamación contra la compañía, informándoles de que deben presentar una «prueba de reclamación» antes de una fecha determinada.

    La compañía tiene el derecho exclusivo de elaborar un plan durante los primeros 120 días del procedimiento del Capítulo 11 en el que se detallen, entre otras cosas, cómo pretende la compañía pagar a sus acreedores. Este plan se inscribe ante la Corte de Quiebras junto con una declaración de divulgación. La declaración de divulgación es un documento que contiene información relativa a los activos, pasivos y asuntos comerciales de la compañía deudora suficiente para permitir que un acreedor tome una decisión informada sobre el plan del deudor. Una vez que la Corte de Quiebras aprueba la declaración de divulgación, la compañía envía el plan junto con la declaración de divulgación a todos los acreedores que tienen derecho a votar sobre el plan.

    Después de que los acreedores voten sobre el plan, la compañía solicita su aprobación por parte de la Corte de Quiebras. Si el plan de es aprobado o «confirmado» por el Tribunal de Quiebras, se satisfacen de acuerdo con el plan las reclamaciones autorizadas de los acreedores con derecho a distribuciones en virtud del plan.

  • El papel del Trustee de Estados Unidos

    La Oficina del Trustee de Estados Unidos es una división del Departamento de Justicia de Estados Unidos y busca promover la eficiencia y proteger la integridad del sistema federal de quiebras. El papel principal del Trustee de Estados Unidos es servir como «guardián del procedimiento de quiebra». El Trustee de Estados Unidos supervisa la conducta de las partes en quiebra, supervisa las funciones administrativas relacionadas y actúa para asegurar el cumplimiento de las leyes y procedimientos aplicables a fin de promover el interés público en la resolución justa, rápida y económica de los casos inscritos en virtud del Código de Quiebras.

    Las responsabilidades específicas del Trustee de Estados Unidos incluyen:

    • emprender acciones legales para hacer cumplir los requisitos del Código de Quiebras y para prevenir el fraude y el abuso;
    • garantizar que los estados de quiebra se administren de forma rápida y eficaz;
    • nombrar y convocar comités de acreedores en los casos de reorganización empresarial del Capítulo 11;
    • revisar las solicitudes para la retención de profesionales y asegurar que los honorarios profesionales sean razonables, y
    • abogar por asuntos relacionados con el Código de Quiebras y reglas de procedimiento en los tribunales.
  • El papel del Comité de Acreedores sin Garantía

    De conformidad con la Sección 1102(a)(1) del Código de Quiebras de Estados Unidos, el Comité Oficial de Acreedores sin Garantía, denominado en general «Comité de Acreedores», fue nombrado en este caso el 5 de abril de 2023. Sus funciones principales son representar los intereses de los acreedores sin garantía en su conjunto en el caso, consultar con el deudor sobre la administración del caso, investigar la conducta y la situación financiera del deudor y participar en la negociación y elaboración del plan de reorganización o liquidación.

    Los acreedores asignados al Comité de Acreedores en este caso son:

    SnapMed Tech, Inc. DBA SnapNurse
    Representante: Gary Chamberlain, director ejecutivo
    1200 Peachtree St
    NF Building 400, Suite 1800
    Atlanta, GA 30361

    Citizens Business Bank
    Representante: Bruce D. Adams, vicepresidente ejecutivo
    701 N. Haven Ave., Suite 210
    Ontario, CA 91764

    Lourdes Ortega
    3001 Hampton Dr.
    Madera, CA 93637

    Arya Medical Group
    Representante: Dr. Ali Rashidian, presidente
    1660 E Herendon Ave., Suite 101
    Fresno, CA 93720

    Cardinal Health 110, LLC
    Representante: Tyronza Walton, directora de crédito
    7000 Cardinal Place
    Dublin, OH 43017

    El Comité de Acreedores ha contratado a los siguientes juristas para que lo asistan:

    Andrew H. Sherman, Esq.
    Boris I. Mankovetskiy, Esq.
    SILLS CUMMIS & GROSS P.C.
    One Riverfront Plaza
    Newark, NJ 07102
    Teléfono: (973) 643-7000
    Fax: (973) 643-6500
    Correo electrónico: asherman@sillscummis.com
    bmankovetskiy@sillscummis.com

    Paul S. Jasper, Esq.
    Sara L. Chenetz, Esq.
    PERKINS COIE LLP
    505 Howard Street, Suite 1000
    San Francisco, CA 94105
    Teléfono: (415) 344-7000
    Fax: (415) 344-7050
    Correo electrónico: pjasper@perkinscoie.com
    schenetz@perkinscoie.com

    Kathleen Allare, Esq.
    PERKINS COIE LLP
    2901 North Central Avenue, Suite 2000
    Phoenix, AZ 85012
    Teléfono: (602) 351-8000
    Fax: (602) 648-7000
    Correo electrónico: kallare@perkinscoie.com

  • Responsabilidad de los miembros del Comité

    Los miembros de un comité de acreedores sin garantía tienen un deber fiduciario con todos los acreedores sin garantía, pero no representan a ningún acreedor individual. Esto significa que los miembros del comité de acreedores deben actuar en el mejor interés de todos sus mandantes y evitar todo conflicto de intereses. Los miembros de un comité de acreedores sin garantía también tienen la obligación de mantener la confidencialidad de la información confidencial o sensible que obtengan de la compañía deudora.

  • Reunión inicial de acreedores en virtud de la Sección 341 del Código de Quiebras

    La reunión inicial de acreedores en virtud de la Sección 341 del Código de Quiebras se celebró el 8 de mayo de 2023. En esta reunión, un representante del deudor compareció y se sometió a un interrogatorio bajo juramento. El objetivo del interrogatorio era conocer las obligaciones y las condiciones financieras del deudor, el funcionamiento de su negocio y las perspectivas de reorganización.

  • Inscripción de una prueba de reclamación

    Se han inscrito programas de acreedores ante la Corte de Quiebras. Los acreedores cuyas reclamaciones no están programadas o cuyas reclamaciones están inscritas como en disputa, contingente o sin liquidar y que desean participar en el caso o compartir en cualquier distribución deben inscribir sus pruebas de reclamación antes de la fecha límite establecida por la Corte de Quiebras. Hay disponibles formularios de prueba de reclamación en la secretaría general de cualquier corte de quiebras o en el siguiente enlace: https://www.donlinrecano.com/Clients/mch/Static/POC

    La fecha límite general para todas las reclamaciones que surjan antes del 10 de marzo de 2023 es: 17 de julio de 2023.

    La fecha límite del Gobierno para todas las reclamaciones que surjan antes del 10 de marzo de 2023 es: 6 de septiembre de 2023.

    Puede inscribir su reclamación ante la Corte de Quiebras en la siguiente dirección:

    United States Bankruptcy Court
    Eastern District of California, Fresno Division
    Office of the Clerk
    2500 Tulare Street, Suite 2501
    Fresno, CA 93721

    También puede inscribir su reclamación electrónicamente ante la Corte de Quiebras en el siguiente sitio web: www.caeb.uscourts.gov en la sección Electronic Filing (Inscripción electrónica) de la parte izquierda de la página, haga clic en «Electronic Claims» (Reclamaciones electrónicas).

  • Plan de reorganización y derecho de voto de acreedores sin garantía

    La compañía tiene el derecho exclusivo de proponer un plan de reorganización o liquidación durante los primeros 120 días del caso del Capítulo 11, sujeto a prórroga por orden de la Corte de Quiebras. El plan detalla, entre otras cosas, cómo pretende la compañía pagar a sus acreedores. El plan de se inscribe ante la Corte de Quiebras junto con una declaración de divulgación. La declaración de divulgación es un documento que contiene información relativa a los activos, pasivos y asuntos comerciales de la compañía deudora suficiente para permitir que un acreedor tome una decisión informada sobre el plan del deudor. Una vez que la declaración de divulgación es aprobada por la Corte de Quiebras, la compañía envía el plan junto con la declaración de divulgación a todos los acreedores que tienen derecho a votar sobre el plan.

    Si se inscribe un plan en este caso, se proporcionará más información sobre el estado de votación de los acreedores sin garantía e instrucciones sobre cómo emitir una papeleta para votar sobre el plan según lo establezca la Corte de Quiebras.

  • Procedimiento de recepción de una distribución

    Después de que los acreedores voten sobre el plan, la compañía solicita su aprobación por parte de la Corte de Quiebras. Si el plan de es aprobado o «confirmado» por el Tribunal de Quiebras, se satisfacen de acuerdo con el plan las reclamaciones autorizadas de los acreedores con derecho a distribuciones en virtud del plan.

    Si se inscribe un plan y es confirmado por la Corte de Quiebras en este caso, se proporcionará más información con respecto al tiempo esperado de cualquier distribución y los procedimientos que seguir para recibir una distribución.